Sí, los intereses tributan igual en tu declaración española como rendimientos del capital mobiliario.
La diferencia práctica es que el banco extranjero normalmente no aplica la retención española del 19 %, así que pagarás todo de golpe al declarar.
Además, si la suma de tus cuentas en el extranjero supera los 50.000 € tendrás que presentar el modelo 720.
Consúltalo con un asesor fiscal si es tu caso.