La legítima prevalece siempre, ya que es un derecho que la ley otorga a determinados herederos forzosos (hijos y descendientes principalmente).
El testamento no puede vulnerar la legítima de estos herederos forzosos. Sin embargo, dentro del testamento puedes disponer libremente del tercio de libre disposición y del tercio de mejora (este último solo entre herederos forzosos).
Si un testamento vulnera la legítima, los herederos perjudicados pueden impugnarlo y reclamar su parte.