En un testamento del uno para el otro entre cónyuges, las cuentas bancarias se tratan según su titularidad.
Las cuentas individuales del fallecido pasan a formar parte de la herencia y el cónyuge superviviente las hereda según el testamento.
En una cuenta con varios titulares, la cotitularidad no determina por sí sola que el saldo pertenezca al 50 % a cada cónyuge. En la herencia debe incluirse la parte que realmente pertenecía al fallecido, atendiendo al origen de los fondos y a las pruebas disponibles. Si no se acredita una proporción distinta, puede aplicarse la presunción fiscal de copropiedad por partes iguales.
El banco necesitará el certificado de defunción y la documentación de herencia para desbloquear las cuentas.