Los sobrinos no son herederos forzosos, por lo que un tío puede dejarles herencia mediante testamento sin problemas legales.
Debe respetar la legítima de sus propios herederos forzosos si los tiene (hijos, cónyuge o padres).
El principal inconveniente es fiscal: en la normativa estatal del Impuesto sobre Sucesiones, los sobrinos son parientes colaterales de tercer grado y se encuadran en el grupo III, aunque la tributación final depende de la normativa autonómica o foral aplicable.
En algunas comunidades autónomas pueden pagar hasta un 40-50% de impuesto de sucesiones.