No. Una empresa cotizada no puede recomprar libremente todas sus acciones como si no hubiera límites. La normativa europea establece restricciones para que los programas puedan acogerse al puerto seguro, entre ellas límites de precio, volumen y transparencia.
Además, en España las sociedades cotizadas tienen límites específicos de autocartera: con carácter general, el valor nominal de las acciones propias adquiridas directa o indirectamente no puede superar el 10% del capital suscrito, salvo supuestos concretos previstos por la ley.
El objetivo de estas restricciones es evitar la manipulación del mercado, proteger la formación libre del precio de las acciones y limitar el uso abusivo de la autocartera.