La herencia de un fondo de inversión puede tener consecuencias fiscales en dos momentos distintos.
Primero, los herederos deben declarar el fondo en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, tomando el valor que corresponda conforme a las normas de este impuesto. La cantidad que tendrán que pagar dependerá, entre otros factores, de la comunidad autónoma y del grado de parentesco.
Después, cuando el heredero venda o reembolse el fondo, deberá declarar en el IRPF la ganancia o pérdida generada desde que lo recibió. Para calcularla, se toma como valor de adquisición el que resulte de las normas del Impuesto sobre Sucesiones, sin que pueda superar el valor de mercado.
Por tanto, la ganancia acumulada durante la vida del fallecido no tributa en su IRPF ni vuelve a tributar posteriormente en el IRPF del heredero. En 2026, las ganancias obtenidas por el heredero se integran en la base del ahorro y tributan progresivamente por tramos de entre el 19 % y el 30 %.