Sí, la plusvalía municipal debe abonarse igualmente aunque reinviertas el importe de la venta en la compra de una nueva vivienda habitual.
La exención por reinversión solo se aplica al IRPF sobre la ganancia patrimonial, pero no afecta a otros tributos como el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana ni al IBI.
Por tanto, a la hora de planificar la operación, ten en cuenta que deberás hacer frente al pago de la plusvalía municipal dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura de venta.