Depende de la modalidad contratada. Con capital reservado por fallecimiento, tus beneficiarios pueden heredar dinero de una renta vitalicia, recibiendo la parte del capital que se indique en el contrato.
Sin embargo, con capital cedido, la aseguradora se queda con el remanente a cambio de haberte pagado una renta mensual más elevada durante tu vida.
Por eso es importante evaluar si prefieres maximizar tus ingresos o dejar un legado patrimonial.