Depende de la ganancia que obtengas al vender el fondo, no del importe total que recuperas. Cuando reembolsas tus participaciones con beneficio, el banco o bróker suele aplicar una retención del 19 % sobre esa ganancia, a cuenta del IRPF.
Después, al declarar a Hacienda, esa plusvalía se integra en la base del ahorro y se regulariza según corresponda. Si vendes sin beneficio (con pérdidas), no pagas impuestos y esas pérdidas pueden ayudarte a compensar otras ganancias en tu IRPF.