En el caso de una empresa, las plusvalías y rendimientos generados por los fondos de inversión no tributan como “base del ahorro”, sino que se integran, en general, en el resultado contable de la sociedad y se someten a la normativa del Impuesto sobre Sociedades (tipo impositivo, ajustes contables, compensación de bases negativas, etc.).
Dado que aquí intervienen criterios contables, posibles exenciones y normativa específica que puede cambiar con el tiempo, lo prudente es que la empresa consulte con su asesor fiscal o contable, para que le indique cómo debe registrar e integrar esos rendimientos en su caso concreto.